Cada Archivo – Biblioteca establecerá su propio horario de consulta y podrá tener unas normas especificas que notificará al investigador cuando llegue al centro.
Las consultas a la documentación se realizarán en el espacio que este habilitado por cada Archivo – Biblioteca que conforman la Provincia Franciscana de la Inmaculada.
El acceso a la documentación se realizará bajo el control del personal del Archivo – Biblioteca, habiendo concertado previamente una cita por medio de correo electrónico o vía telefónica.
Cada investigador externo a la Provincia deberá de rellenar una ficha de consulta donde se especificará el asunto de la investigación y sus datos personales.(Se informará que todos los datos que serán custodiados y gestionados de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal)
Se facilitará al investigador toda aquella documentación que le pueda ser interesante en su investigación y se encuentre en los fondos.
No se debe alterar el orden de la documentación y expedientes, aunque no se encuentren numerados. El investigador podrá utilizar ordenador portátil o tablet en la sala de consulta. Solo podrá utilizar lápiz para realizar anotaciones en un cuaderno personal.
Toda aquella documentación no inventariada, en mal estado de conservación o que esté en proceso de tratamiento no podrá ser consultada. Serán de acceso restringido los documentos que contengan información cuya difusión pudiera entrañar riesgos para la seguridad institucional o de terceros.
El investigador se compromete a enviar un ejemplar de su investigación que haya realizado utilizando los fondos de la provincia.
Para la reproducción de documentación deberá de preguntar al responsable del Archivo – Biblioteca. Así mismo que prohibida la reproducción de obras protegidas por la ley de propiedad intelectual. En el caso de realizar digitalización se deberá de dejar una copia en el archivo o biblioteca.
El acceso al depósito de los fondos está totalmente prohibido.